Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1692/2014
Fecha: 29-Ago-2014
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la vida, a la integridad física, a la libertad de locomoción, al debido proceso, a la seguridad jurídica y a la presunción de inocencia; citando a tal efecto los arts. 15.I, 21.7, 23, 109, y 116 de la Constitución Política de Estado (CPE); 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH); 7 y 8 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 El control jurisdiccional en la etapa preparatoria ejercida por el juez de instrucción
- el juez cautelar tiene la obligación de remitir todos los expedientes cuyos procesos cuenten con personas detenidas, al Juzgado de turno durante las vacaciones judiciales, el no hacerlo constituye una omisión que, en este caso, perjudica al actor que se ve impedido de obtener una resolución sobre su situación jurídica
- III.2 Análisis del caso concreto