Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0228/2014-RCA
Fecha: 08-Sep-2014
I.5. Síntesis de la impugnación
La accionante indica que si bien no se agotaron los recursos ordinarios como el recurso de compulsa, se vio obligada a acudir a la acción de amparo constitucional, entendiendo que se vulneraron sus derechos al debido proceso y a la defensa; y que si bien el Tribunal de garantías señala que debería haber hecho uso de los recursos respectivos, no lo hizo en virtud a la parcialización de la autoridad demandada con los demandantes, dentro de la demanda ordinaria que motivó la interposición de su acción de defensa, por lo que se vio impedida de realizar este acto procesal, solicitando así la admisión de la acción y se conceda la tutela impetrada.
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- subsidiariedad
- II.2. Reiteración de jurisprudencia sobre la improcedencia del amparo cuando concurre el principio de subsidiariedad
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- improcedencia in límine
- CONFIRMAR