SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1704/2014
Fecha: 01-Sep-2014
INFUNDADO E IMPROBADA
Mirtha Lucía Torres Ortiz, Fiscal de Materia de Sustancias Controladas, por informe escrito, cursante de fs. 8 a 9 vta., solicitó se declare “INFUNDADO E IMPROBADA” (sic) la presente acción de libertad, manifestando lo siguiente: 1) El 4 de febrero de 2014, a horas 06:50 junto al personal de “J.D.F.E.L.C.N.-La Paz” bajo su dirección, se dirigieron a la zona Villa Tejada Rectangular de El Alto, calle Jorge Squier 365, a objeto de dar cumplimiento la Resolución “33/2014”, emitida por la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal del El Alto del departamento de La Paz; siendo que a horas 07:05 aproximadamente, procedieron a notificar a la propietaria con la citada Resolución y la orden de allanamiento al referido inmueble; 2) En la requisa efectuada se encontró lo siguiente: i) En el dormitorio de Cleta Mónica Yarari Mamani, una bolsa nylon transparente con cuarenta y un sobres, tipo boticario de papel periódico, en su interior una sustancia verduzca característica a marihuana; y, ii) En el depósito de Martha Guzmán Apaza de Aguirre, una bolsa nylon de color negro con siete cajitas de fósforo y dentro de las mismas una sustancia blanquecina con olor y color a cocaína; 3) Se procedió al secuestro de las sustancias controladas (marihuana y cocaína) y el; asimismo, dinero, previa lectura de sus derechos y garantías aprehendieron a Cleta Mónica Yarari Mamani y Martha Guzmán Apaza de Aguirre; y, 4) Finalmente indicó que en ningún momento se encontraron arrestadas las imputadas quienes se hallan a cargo del Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz; respecto a lo señalado por la accionante de lo acontecido el 31 de enero de 2014, no tiene conocimiento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- INFUNDADO E IMPROBADA
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ante el juez cautelar de turno
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación, desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria.
- III.2.
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- CONFIRMAR