SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1721/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1721/2014

Fecha: 05-Sep-2014

II.4.

II.4.  Por Auto de rechazo de 2 de octubre de 2013, la autoridad demandada desconoció el Recurso de alzada interpuesto por la empresa accionante, pues de acuerdo al art. 198.III de la Ley 3092, si el recurrente no subsanó la omisión observada en el plazo de cinco días, se declarará su rechazo, ya que el accionante no presentó la documentación que respalde su personería; determinación que le fue notificada en la misma fecha en Secretaría (fs. 22 y 23).