SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1731/2014
Fecha: 05-Sep-2014
II.1.
II.1. Por memorial de 03 de septiembre de 2013, dirigido a Roger Terceros Alcalde Municipal de Mairana, la accionante solicitó fotocopias autenticadas de dos supuestas notificaciones que habría realizado la Jefatura de Catastro del municipio, asimismo la copia legalizada de una presunta inspección y el resultado de su valoración técnica; además pidió las fotocopias legalizadas de la reglamentación que hace referencia el art. 79 de la Ley 2028; asimismo la copia del Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial de la municipalidad; finalmente, una fotocopia de todo el procedimiento administrativo referido al kiosco de referencia; aduciendo que no recibió explicación ni información alguna, pese a haber acudido personalmente por Secretaría de despacho del Alcalde Municipal, en busca de una respuesta formal (fs. 1 a 2).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- “
- “no conceder”
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el derecho de petición
- Fragmento 14
- III.3.Análisis del caso concreto
- 1)