SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1731/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1731/2014

Fecha: 05-Sep-2014

“no conceder”

La Jueza de Partido y de Sentencia de Samaipata - Provincia Florida del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, pronunció la Resolución de 5 de febrero de 2014, cursante de fs. 46 a 47, que valorando la documentación escrita y el informe oral, existe una respuesta a la solicitud, no un silencio, por lo que dispone “no conceder” la tutela, al existir una respuesta en sentido positivo o negativo dando razón a la solicitud, con los siguientes fundamentos: 1) El Alcalde del Gobierno Municipal de Mairana hizo conocer que la nota de solicitud de fotocopias legalizadas de varios puntos, presentada el 10 de diciembre de 2013, tuvo su respuesta el 16 del mismo mes y año, adjuntando una fotocopia legalizada del libro de ingresos de la Secretaría de despacho de la primera autoridad edil; 2) El Concejo Municipal de Mairana, hizo referencia a una respuesta, por la cual comunicaron que esa documentación no la manejan ellos, debiendo acudir al ejecutivo municipal, la misma que no tendría ninguna legalización de descargo; 3) Se denota que existe un respuesta por el ejecutivo municipal, que hace referencia a una entrega positiva de copias legalizadas, por lo que habría una respuesta ya sea en sentido positivo o negativo, por lo que no existe vulneración al derecho a petición por existir una respuesta a dicha solicitud.