SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1780/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1780/2014

Fecha: 15-Sep-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido contra Domingo Calixto Gira, el Juez dispuso contra éste la condena de tres años de reclusión, por la comisión del delito de robo, para luego beneficiarse con la suspensión condicional de la pena mediante Resolución de 17 de agosto de 2012. De las seis medidas impuestas al condenado, éste no cumplió con dos; debido a lo cual, mediante memorial de 7 de marzo de 2013, su persona pidió la respectiva revocación de la suspensión condicional de la pena ante el Juzgado de Ejecución Penal, concediéndosele al condenado el plazo de cinco días para acreditar trabajo, sin que haya cumplido dicho requerimiento.

Luego de suscitado el conflicto de competencias entre el Juez de Ejecución Penal y el Tribunal Segundo de Sentencia Penal, se dispuso que este último era competente para tramitar dicha solicitud. Así, dicho Tribunal mediante Resolución de 11 de julio de 2013, revocó la suspensión condicional de la pena porque no se había acreditado en el tiempo establecido -treinta días- el trabajo lícito y tampoco el domicilio.