SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1780/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1780/2014

Fecha: 15-Sep-2014

II.4.

II.4.  Nota de 27 de septiembre de 2012, emitida por el directorio de la Federación Departamental de Transporte Libre Tarija, dirigida al Director de la Unidad Operativa de Tránsito de Tarija, haciendo conocer  la Resolución 08/2011 por la cual el Tribunal Segundo de Sentencia Penal, condenó a Domingo Calixto Gira, como autor y culpable del delito de robo a cumplir la pena de tres años de reclusión, y en cuyo contenido, piden que se aparte a esta persona “…del transporte…” (sic) (fs. 38); Certificación de 13 de julio de 2013, emitida por la Asociación Sindical de Radio Taxi Móvil “Andaluz”, por la cual sus directivos acreditan que “…la Sra. Miriam Cabero Villarroel se hizo presente en las oficinas de la institución en fecha 31 de julio del 2012 en horas de la mañana, mostrando una resolución dictada por el Tribunal Segundo de Sentencia de la ciudad de Tarija, y argumentaba que el Sr. Domingo Calixto Gira no podía o no debía trabajar en esta Institución porque tenía sentencia de condena (…) razón por lo que inmediatamente en horas de la tarde del mismo día, la institución determina suspenderle de su trabajo al Sr. Domingo Calixto Gira…” (sic) (fs. 32).