Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1799/2014
Fecha: 19-Sep-2014
II.2.
II.2. Mediante certificación de 30 de julio de 2012, emitida por la Federación Departamental Única de Comerciantes Gremiales de Cochabamba, la Asociación de Comerciantes Minoristas “ENJUSEP”, está legalmente afiliada a la Federación, amparados bajo el art. 51 del “Estatuto Plurinacional” y el art. 159 de la Ley General del Trabajo, cuyo Directorio fue posesionado por el Ejecutivo Departamental Gremial, Jorge Martínez en presencia de sus bases y el Secretario General de la Central Obrera Boliviana (COB), estando entre la nómina de gestión 2012-2014 como Presidenta, Irene López Rodríguez, Vicepresidente, Rafael Canaviri Canaviri y Secretaria de Conflictos, Elsa Aranibar (fs. 12).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.2. Sobre el derecho a la petición: su contenido y alcances
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo