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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1799/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1799/2014

    Fecha: 19-Sep-2014

    II.6.

    II.6.    Según nota de 31 de enero de 2014, dirigido a Irene López Rodríguez Presidente de la “ENJUSEP”, el Secretario General del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, remite informe DMSM CITE 37/2014, en respuesta a la solicitud de dotación de puestos de manera democrática, recepcionado por el Vicepresidente de “ENJUSEP” el 10 de febrero del referido año, conforme consta del nombre y rúbrica de recepción (fs. 78).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica del amparo constitucional
    • III.2.  Sobre el derecho a la petición: su contenido y alcances
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

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