Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1815/2014
Fecha: 19-Sep-2014
II.7.
II.7. Cursa memorial de 10 de marzo de 2014, por el cual el accionante ante el Juez de Instrucción en lo Penal de Turno del departamento de Tarija, denunciando su aprehensión indebida, arbitraria e ilegal, solicitando disponer su inmediata libertad; sin embargo, el memorial referido no cuenta con cargo de recepción alguno (fs. 3).
- acción de libertad
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación, desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR