Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1827/2014
Fecha: 19-Sep-2014
a)
El accionante a través de su representante, estima como lesionados sus derechos a la libertad y al debido proceso, por cuanto: a) Se emitió en su contra un mandamiento de aprehensión ilegal, emergente de otra investigación y por otro delito, siendo notificado con esa orden sin hacerle conocer la Resolución respectiva; y, b) La autoridad judicial demandada, pese a que los Fiscales de Materia no corrigieron el error de la imputación formal, no se pronunció al respecto y señaló nueva audiencia de consideración de medidas cautelares.
- acción de libertad
- Dra. Liliana Calderón
- SE RECTIFIQUE EL ERROR ADVERTIDO EN LA RESOLUCIÓN DE IMPUTACIÓN FORMAL
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- a)
- Fragmento 6
- III.1. La acción de libertad “traslativa o de pronto despacho” su relación con el principio de celeridad
- III.2. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad y el rol de juez encargado del control de la investigación
- 1)
- III.4. Otras consideraciones
- i)
- CONFIRMAR