Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1827/2014
Fecha: 19-Sep-2014
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado, y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 008/2014 de 10 de marzo, cursante de fs. 32 a 33, pronunciada por la Jueza Quinta de Sentencia Penal del departamento de La Paz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, de conformidad con los argumentos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- acción de libertad
- Dra. Liliana Calderón
- SE RECTIFIQUE EL ERROR ADVERTIDO EN LA RESOLUCIÓN DE IMPUTACIÓN FORMAL
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- a)
- Fragmento 6
- III.1. La acción de libertad “traslativa o de pronto despacho” su relación con el principio de celeridad
- III.2. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad y el rol de juez encargado del control de la investigación
- 1)
- III.4. Otras consideraciones
- i)
- CONFIRMAR