SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1938/2014
Fecha: 25-Sep-2014
1)
Harold Jarandilla Mey, Fiscal de Materia de la División - Fiscalía Especializada para Victimas de Atención Especializada (FEVAP) de El Alto del departamento de La Paz, en audiencia señaló que: 1) Los Fiscales, tienen veinticuatro horas para poner en conocimiento el inicio de la investigación al Juez cautelar; sin embargo, a horas 18:45 se presentó la Resolución de imputación formal por los delitos de asesinato en grado de tentativa y lesiones gravísimas; razón por la cual, indicó que no existe ilegalidad en su accionar; 2) El mandamiento de aprehensión, fue librado tomando en cuenta el certificado médico forense, puesto que la víctima al presentar una lesión en la columna vertebral, tiene sesenta días de impedimento quedándose en silla de ruedas; desde que se suscitó el hecho, el agresor permaneció oculto por ello se emitió el mandamiento de aprehensión; y, 3) Por lo que obró de acuerdo a Tratados Internacional y la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia, acudiendo posteriormente al Juez cautelar.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación, desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR