AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2015-RCA
Fecha: 14-Ene-2015
Fragmento 10
En la problemática planteada, el representante del accionante denuncia que dentro del proceso administrativo interno que se siguió en contra de éste, la Jueza Sumariante -ahora demandado- emitió la Resolución final 04/14, determinando la destitución del mencionado como docente extraordinario de la UMRPSFXCH; decisión que alega fue notificada irregularmente, en base a una diligencia realizada supuestamente por cédula, el 2 de mayo de 2014, fecha en la que el accionante se encontraba con baja médica y en la que además se advirtió que el funcionario y testigo consignados, no se encontraban en Monteagudo, sino en la ciudad de Sucre. Lo que motivó a formular incidente de nulidad de notificación, rechazado por Auto de 16 del mismo mes y año, sin una debida fundamentación y motivación, ni resolver todos los aspectos contenidos en el mismo, incurriendo así en “incongruencia omisiva”, con la consiguiente restricción de los derechos fundamentales, garantía y principio que se invoca como transgredidos.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- improcedente
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 8
- II.2. Sobre la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 10
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en consulta
- CONFIRMAR