AUTO CONSTITUCIONAL 0019/2015-CA
Fecha: 14-Ene-2015
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Por memorial presentado el 23 de septiembre de 2013, cursante de fs. 62 a 63 vta., dentro del proceso ejecutivo seguido por la asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda "La Primera" contra Raúl Gamarra Céspedes, la accionante plantea la presente acción, manifestando haber presentado una denuncia de fraude acreditando el derecho de usufructo vitalicio a favor de ella y de sus hijos, sobre todos los bienes hereditarios, sin obtener ningún resultado favorable puesto que se habría suscrito la escritura pública 1073/95 de 1 de agosto de 1995, de préstamo con garantía hipotecaria, que generó el proceso ejecutivo señalado y en el que se emitió sentencia que dispuso el remate de los bienes.
Al efecto, denuncia de inconstitucional el art. 534.I y II del CPCo. por considerar que el mismo, no guarda relación con los valores de igualdad, equilibrio y justicia social que proclama el actual Estado Plurinacional, pues este precepto fija como base para la subasta "la valuación fiscal", misma que no refleja el verdadero valor del bien inmueble, vulnerando el derecho a la propiedad, al no respetar su valor comercial y la prerrogativa a un pago justo, lesionando a su vez los principios de proporcionalidad y justicia material; por lo que, solicita control constitucional.
Argumenta además que, no se analizó y menos resolvieron las ilegalidades cometidas en su contra, soslayando el estado de indefensión en el que se encuentra, pretendiendo ignorar la completa inconstitucionalidad del proceso ejecutivo, que con la norma impugnada, intenta dar legalidad al remate realizado pretendiendo su inscripción en Derechos Reales (DD.RR.), vulnerando su derecho a la defensa.
- Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- rechazó
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- Nombre, apellido y generales de ley de quien interpone la acción, demanda, consulta o recurso, o de su representante legal, acompañando en este último caso la documentación que acredite su personería.
- En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado.
- una sola vez
- II.4. Análisis del caso concreto
- por una sola vez