Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0019/2015-CA
Fecha: 14-Ene-2015
Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial
En consulta la Resolución 223/2014 de 17 de noviembre, cursante de fs. 67 a 68 vta., pronunciada por el Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de La Paz por la que rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Blanca Céspedes Vda. de Gamarra, demandando la inconstitucionalidad del art. 534.1 y II del Código de Procedimiento Civil (CPC), por ser presuntamente contrario a los arts. 8.II, 56 y 109.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 17 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 21 de la Convención Americana de Derechos Humanos; y, XXIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
- Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- rechazó
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- Nombre, apellido y generales de ley de quien interpone la acción, demanda, consulta o recurso, o de su representante legal, acompañando en este último caso la documentación que acredite su personería.
- En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado.
- una sola vez
- II.4. Análisis del caso concreto
- por una sola vez