Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0035/2015-CA
Fecha: 14-Ene-2015
emitir agravios en contra de la institución y sus componentes
Se demanda la inconstitucionalidad del art. 13.13 de la LRDPB, en la frase: “Recurrir de manera verbal o escrita a medios de comunicación social para emitir agravios en contra de la institución y sus componentes”, por presuntamente contrario a los arts. 8, 13, 46.I.2, 106.II, 108.8, 115, 256.I y 410.I de la CPE; y, 5.1 y 2, 8.1 y 4, y 10 de la CNUCC.
- Tribunal Disciplinario Departamental de la Policía Boliviana de Chuquisaca,
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- emitir agravios en contra de la institución y sus componentes
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 6
- sin embargo, de la revisión del memorial, no se establece con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado;
- QUE NO SE EMITA LA RESOLUCIÓN FINAL en el presente proceso disciplinario
- RATIFICAR