DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2015
Fecha: 26-Ene-2015
II.2.
II.2. Mediante nota cite: COTAPIOC 054/2014 de 31 de octubre, Valentín Poclaba Churquina, Presidente de la Comisión de Organización Territorial de Autonomías, Marlene Fernández Mamani y Narda Judy Medina Vargas miembros de la Comisión de Organización Territorial de Autonomías y Pueblos Indígena Originario Campesinos, todos de la Asamblea Legislativa Departamental de Potosí, dirigida a Bladimir Oporto Miranda, Presidente de la Comisión de Constitución, Legislación y Sistema Electoral, remiten propuesta de minuta de comunicación, a efectos de que el Tribunal Departamental Electoral, realice la evaluación técnica de la misma y emita informe, pudiendo dicha entidad incluir redacciones alternativas a la pregunta que tiene el siguiente texto: “¿Está usted de acuerdo con aprobar el Proyecto de Estatuto Autonómico Departamental de Potosí, en sus ciento tres artículos, dos disposiciones transitorias y dos disposiciones finales, declarados constitucionales por el Tribunal Constitucional mediante las Declaraciones Constitucionales Nº 0045/2014 de fecha 5 de septiembre y Nº 0054/2014 de 21 de octubre de 2014 SI - NO” (sic) (fs. 8 a 13).
- I.1.
- ¿Está usted de acuerdo con aprobar el Proyecto de Estatuto Autonómico Departamental de Potosí, declarado constitucional, por el Tribunal Constitucional Plurinacional? SI - NO.
- I.2. Admisión
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- III.1. Del modelo de Estado Plurinacional con autonomías
- democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país”
- cuya dinámica en el ejercicio de dichas facultades debe reflejar la característica esencial del nuevo Estado orientado hacia una democratización profunda del poder político que desmantele la centralización caracterizadora del anterior modelo de Estado
- 2)
- Este instituto jurídico constitucional se encuentra dentro del control previo de constitucionalidad que de manera general tiene por objeto confrontar el texto de la pregunta para referendo con la Constitución Política del Estado, determinando su constitucionalidad o no.
- III.4. Test de constitucionalidad de la pregunta para referendo
- ¿Está usted de acuerdo con aprobar el Proyecto del Estatuto Autonómico Departamental de Potosí, declarado constitucional por el Tribunal Constitucional Plurinacional? SI - NO
- CONSTITUCIONALIDAD