Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2015
Fecha: 26-Ene-2015
II.5.
II.5. En base a dicho informe, el 26 de noviembre de 2014, la Comisión de Organización Territorial de Autonomías y Pueblos Indígena Originario Campesinos de la Asamblea Legislativa Departamental, hace conocer al Presidente de dicha entidad a través del Informe 37/2014 de 25 de noviembre, su conformidad con la pregunta reformulada por el Tribunal Electoral Departamental de Potosí, haciéndole conocer que se adhieren a la misma al ser clara, precisa e imparcial y que no vulnera derechos ni garantías constitucionales (fs. 30 a 32).
- I.1.
- ¿Está usted de acuerdo con aprobar el Proyecto de Estatuto Autonómico Departamental de Potosí, declarado constitucional, por el Tribunal Constitucional Plurinacional? SI - NO.
- I.2. Admisión
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- III.1. Del modelo de Estado Plurinacional con autonomías
- democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país”
- cuya dinámica en el ejercicio de dichas facultades debe reflejar la característica esencial del nuevo Estado orientado hacia una democratización profunda del poder político que desmantele la centralización caracterizadora del anterior modelo de Estado
- 2)
- Este instituto jurídico constitucional se encuentra dentro del control previo de constitucionalidad que de manera general tiene por objeto confrontar el texto de la pregunta para referendo con la Constitución Política del Estado, determinando su constitucionalidad o no.
- III.4. Test de constitucionalidad de la pregunta para referendo
- ¿Está usted de acuerdo con aprobar el Proyecto del Estatuto Autonómico Departamental de Potosí, declarado constitucional por el Tribunal Constitucional Plurinacional? SI - NO
- CONSTITUCIONALIDAD