Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0025/2015
Fecha: 26-Ene-2015
II.2.
II.2. El 11 de noviembre de 2014, Reynaldo Llanque Arce, Presidente y Teodoro Mamani Ancasi Secretario de la Asamblea Legislativa Departamental de Oruro; firman la Resolución 078/2014-2015 (fs. 20 a 21) a través de la cual instruyen la remisión de la minuta de comunicación 1/2014 de la misma fecha al Tribunal Electoral Departamental de Oruro, la cual determinó: “Recomendar al Tribunal Electoral Departamental realizar la evaluación técnica de la siguiente pregunta a referendo: ¿Está usted de acuerdo que se apruebe el Estatuto Autonómico Departamental de Oruro, declarado Constitucional por el Tribunal Constitucional Plurinacional? SI-NO.” (fs. 18 a fs. 19).
- I.1. Contenido de la consulta
- I.4. Admisión:
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- ¿Está usted de acuerdo que se apruebe el Estatuto Autonómico Departamental de Oruro, declarado constitucional por el Tribunal Constitucional Plurinacional? SI-NO.”
- III.1. Del modelo de Estado Plurinacional con autonomías.
- modelo de Estado Plurinacional con autonomías
- la transformación del Estado boliviano en Estado Plurinacional con autonomías, implica el establecimiento de una nueva estructura y organización territorial y funcional del Estado, basado en la distribución ordenada de funciones y asignación de competencias entre los diferentes niveles de gobierno para la óptima ejecución de los fines y funciones del Estado.
- III.2. De la autonomía departamental.
- 'La presente consulta tiene por objeto garantizar la constitucionalidad de las preguntas que se elaboren para referendos nacionales, departamentales o municipales'
- 2. A iniciativa popular, la Presidenta o Presidente del Tribunal Electoral competente…'
- siendo el Tribunal Electoral Departamental correspondiente la instancia llamada a verificar la procedencia y el cumplimiento de los requisitos técnicos y legales para la formulación de la pregunta, los mismos que se encuentran establecidos en la Ley señalada.
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONSTITUCIONALIDAD