DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0025/2015
Fecha: 26-Ene-2015
modelo de Estado Plurinacional con autonomías
El modelo de Estado Plurinacional con autonomías, se edifica en una nueva organización territorial y en una diferente distribución del poder público a nivel territorial, lo que implica el ejercicio de atribuciones y competencias por parte de las entidades territoriales autónomas, mismas que pertenecían anteriormente al nivel central del Estado; por el carácter plurinacional, la estructura del nuevo modelo de Estado implica que los poderes públicos tengan una representación directa de los pueblos y naciones indígena originario campesinas, según normas y procedimientos.
Finalmente, es importante recordar que la instauración de un modelo de Estado con autonomías en Bolivia, fue inspirado por dos corrientes emergentes; por un lado, de las demandas históricas de autonomía, libre determinación y autogobierno de los pueblos indígenas, dada su existencia pre colonial; por otro, de las demandas de una mayor descentralización administrativa, política y financiera de los Departamentos, con el objetivo de una efectiva materialización de políticas públicas para la provisión y prestación de los servicios públicos y de mayor acercamiento de las instancias gubernativo, administrativas al ciudadano para la respuesta de sus necesidades.
En efecto, los Departamentos y Municipios, por motivos que responden a una necesidad de descentralización administrativa más profunda, y los pueblos indígenas y los sectores campesinos por motivos que responde a un aislamiento y desconocimiento de sus diferentes culturas y sus estructuras organizativas y normativa, generaron la necesidad de un nuevo pacto territorial que se refleja en la Tercera Parte de la Ley Fundamental (Estructura y Organización Territorial del Estado), configurando el modelo de un Estado Plurinacional unitario y con autonomías, con un componente de división territorial del Poder, donde los Organos Ejecutivos y los Órganos Legislativos de los gobiernos subnacionales, forma parte de la distribución y ejercicio del Poder Público, porque se les reconoce cualidad gubernativa.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.4. Admisión:
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- ¿Está usted de acuerdo que se apruebe el Estatuto Autonómico Departamental de Oruro, declarado constitucional por el Tribunal Constitucional Plurinacional? SI-NO.”
- III.1. Del modelo de Estado Plurinacional con autonomías.
- modelo de Estado Plurinacional con autonomías
- la transformación del Estado boliviano en Estado Plurinacional con autonomías, implica el establecimiento de una nueva estructura y organización territorial y funcional del Estado, basado en la distribución ordenada de funciones y asignación de competencias entre los diferentes niveles de gobierno para la óptima ejecución de los fines y funciones del Estado.
- III.2. De la autonomía departamental.
- 'La presente consulta tiene por objeto garantizar la constitucionalidad de las preguntas que se elaboren para referendos nacionales, departamentales o municipales'
- 2. A iniciativa popular, la Presidenta o Presidente del Tribunal Electoral competente…'
- siendo el Tribunal Electoral Departamental correspondiente la instancia llamada a verificar la procedencia y el cumplimiento de los requisitos técnicos y legales para la formulación de la pregunta, los mismos que se encuentran establecidos en la Ley señalada.
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONSTITUCIONALIDAD