I.1. Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional, manifiestan su disidencia con la DCP 0011/2015 de 16 de enero, por los siguientes fundamentos de orden constitucional:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

I.1. Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional, manifiestan su disidencia con la DCP 0011/2015 de 16 de enero, por los siguientes fundamentos de orden constitucional:

Fecha: 16-Ene-2015

ARTÍCULO 25.  Procedimiento de elección de autoridades

I.   El procedimiento de elección para las Concejalas y los Concejales será por sufragio universal tal cual estipula la Constitución Política del Estado Plurinacional y en el marco del Régimen Electoral, para ello se prepararán listas separadas según criterios de población, territorio, paridad y alternancia, equidad de género y procedimientos propios del municipio.