Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2015-S1
Fecha: 29-Ene-2015
II.5.
II.5. Mediante Auto de 16 de abril de 2013, la autoridad ahora demandada, rechazó la recusación interpuesta en su contra por el accionante, al no existir ningún interés alegado; sin embargo, a efectos de no causar perjuicio remitió el expediente al Juez siguiente en número, en tanto se resuelva la consulta por el superior en grado (fs. 228 a 229).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- i) Preventivo,
- ii) Correctivo,
- iii) Reparador
- III.2. Sobre la identidad de sujeto, objeto y causa en la acción de libertad
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR