SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2015-S1

Fecha: 29-Ene-2015

concedió

La Sala Civil, Social de Familia, de la Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 10 de enero de 2014, cursante de fs. 35 a 36, concedió la tutela solicitada, únicamente respecto al derecho al agua denunciado, disponiendo que de inmediato el demandado gestione las diligencias correspondientes para reponer el servicio del agua al accionante quien deberá pagar su alícuota al servicio público que proporciona el líquido elemento, con los siguientes fundamentos: i) Se ha demostrado que el demandado ha impedido que el ahora accionante goce del servicio de agua proporcionada por EPSA y no es causal de justificación que hubiere fuga del agua o que el accionante no pague la alícuota parte que le corresponde, lo que demuestra que se ha efectuado justicia por mano propia, lo que no está permitido y se ha acreditado de manera objetiva la existencia de medidas de hecho por parte del demandado, tal como lo establece la jurisprudencia constitucional (SC 1847/2013 de 29 de octubre); y, ii) Si bien se han demandado varios derechos como vulnerados, únicamente corresponde concederse la tutela en cuanto se refiere al derecho al agua que tiene todo ciudadano, puesto que el derecho a la posesión corresponde ventilarse a través de acciones ordinarias que fueren convenientes.