Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2015-S3
Fecha: 05-Ene-2015
II.3.
II.3. Del sistema de gestión procesal del Tribunal Constitucional Plurinacional se evidencia que la acción de libertad presentada por el ahora accionante contra David Rivas Gradin y Celia Medrano Quevedo, Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal de Achacachi del departamento de La Paz, fue resuelta a través de la SCP 1021/2014 de 6 de junio, mediante la cual resolvió “CONFIRMAR en parte la Resolución 32/2013 de 22 de noviembre, (…) pronunciada por la Jueza Cuarta de Sentencia Penal del departamento de La Paz; en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, únicamente respecto de la remisión de lo actuado dentro del término de veinticuatro horas ante el Tribunal de apelación” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2.Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Acuerdo Jurisdiccional 018/2014
- Acuerdo Administrativo TCP-AL-SP-065/2014 de 5 de diciembre
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las supuestas irregularidades procesales de una acción tutelar, no son impugnables a través de otra acción tutelar
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR