SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0018/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0018/2015-S2

Fecha: 16-Ene-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Como consecuencia del proceso de homologación de un documento transaccional, suscrito con Andrea Camacho Morales, se han conculcado sus derechos y garantías constitucionales por parte de la Jueza Primera de Instrucción de Familia y la Jueza Primera de Partido de Familia, de la Niñez y Adolescencia, ambas de Quillacollo, ya que en virtud del mencionado documento que fue realizado el 22 de agosto de 2011, se ordenó el pago de asistencia familiar desde esa fecha, cuando la cláusula tercera del mencionado documento señalaba que debía cubrirse la misma a partir del 22 de agosto de 2013, constituyéndose en un procesamiento indebido.

Asimismo, refiere que el citado documento transaccional no cumple con los requisitos esenciales y formales de validez para ser homologado de acuerdo al art. 452 del Código Civil (CC), siendo la homologación una figura inexistente en nuestro ordenamiento jurídico. En ese sentido, esos aspectos no fueron considerados en primera instancia por la Jueza Primera de Instrucción de Familia, a pesar de haber solicitado la nulidad obrados, incluido el acuerdo transaccional, dando curso a esa ilegalidad, razón por la cual apeló dicho fallo ante la Jueza Primera de Partido de Familia Niñez y Adolescencia, quien ratificó la Resolución impugnada.