Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2016-S1
Fecha: 06-Ene-2015
II.1.
II.1. El 4 de agosto de 2015, el accionante presentó una carta dirigida al Director del Centro Penitenciario de San Pedro, en la cual solicitó, se le informe y certifique la existencia de la Resolución firmada por autoridad competente, que revoque la detención domiciliaria dispuesta a su favor (fs. 68).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre el incumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones tutelares
- la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, de manera reiterada ha dejado establecido que los recursos constitucionales no son la vía o mecanismo idóneo para pedir el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones tutelares de hábeas corpus y amparo constitucionales
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR