SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2015-S3

Fecha: 19-Ene-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En el proceso seguido por Rosario Raquel Castedo Mejía, sobre entrega de bien inmueble, el ahora demandado por Auto de 8 de enero de 2013, dispuso que su persona entregue el inmueble objeto del litigio en el plazo de treinta días, por lo que frente a dicha decisión interpuso recurso de apelación, en cuyo mérito la Sala Civil, Familiar, Social, Niño Niña y Adolescente del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, por Auto de Vista de 13 de marzo del mismo año revocó tal decisión, determinando que el plazo para el desalojo sea de noventa días; sin embargo, el Juez a quo de manera ilegal y sin respetar la decisión del Tribunal de apelación, a solo pedido de la parte actora, ordenó se expida el mandamiento de desapoderamiento sin aguardar la conclusión del nuevo plazo concedido en alzada.