SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2015-S3

Fecha: 19-Ene-2015

I.2.3. Intervención de la tercera interesada

Rosario Raquel Castedo Mejía, por intermedio de su abogado, sostuvo que el proceso no es por desalojo, que se trata de una demanda ordinaria, en cuyo trámite y como emergencia de un acuerdo conciliatorio, la demandada se comprometió a devolver el inmueble el 30 de noviembre de 2012, y ante su incumplimiento se ordenó el desapoderamiento, aguardándose el plazo dispuesto por el Tribunal de apelación; no obstante, la hoy accionante continua rehusándose a cumplir.