SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2015-S2

Fecha: 16-Ene-2015

a)

Kely Tania Alcazar Alcocer, Jueza de Instrucción en lo Penal, Mixta y Liquidadora de Tapacari del departamento de Cochabamba, presentó informe escrito cursante de fs. 12 a 13, señalando lo siguiente: a) El representante del Ministerio Público, presentó imputación formal en contra de: “Tomas Portuguez Huanaco, Cesar Huanca Ventura, Gabino Ventura Aspete, Eduardo Alanes Rocha, Bernaldo Quispe Choque, Marcelino Quispe Condori” por el presunto delito de violación con la agravante de amenazas; y, el “Juez de Tiquipaya” dispuso la detención preventiva en el centro penitenciario de San Pablo de Quillacollo; b) El Fiscal de Materia presentó requerimiento conclusivo de sobreseimiento el 10 de febrero de 2014, acompañando diligencias de notificación de 3 de febrero del mismo año, al querellante y víctima; y a los imputados al día siguiente, refiriendo que la víctima y el querellante no impugnaron la resolución; c) Empero, tomando en cuenta que la víctima era menor de edad y habiendo participado en la audiencia de aplicación de medidas cautelares, la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, mediante decreto de 11 de febrero de 2014, dispuso que el Fiscal complemente su informe, adjuntando la notificación practicada a esa institución, de lo que se advirtió que fueron notificados el 13 de febrero del mismo año; y, d) Por memoriales presentados el 20 y 21 de febrero de 2014, los imputados solicitaron mandamiento de libertad, mereciendo respuesta por Auto de 21 del mismo mes y año, señalando que al no existir querellante, conforme lo establece el art. 324 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que dispone que en caso de no existir querellante, el fiscal remitirá antecedentes dentro las veinticuatro horas siguientes al Fiscal superior jerárquico, para que se pronuncie en el plazo de cinco días; al no cursar en antecedentes el cumplimiento de lo dispuesto, se dispuso que se cumpla con lo observado.