SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2015-S2

Fecha: 16-Ene-2015

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución “10” de 27 de febrero de 2014, cursante de fs. 30 a 33 vta., denegó la tutela solicitada, con la aclaración que llegó un informe de registro computarizado, en sentido de que el accionante tiene un proceso por homicidio por emoción violenta; asimismo, no impuso costas ni multas al accionante por ser excusable; expresando los siguientes argumentos: 1) La pretensión expresada en la acción de libertad, no concuerda con los presupuestos establecidos en el art. 125 de la CPE, toda vez que la parte accionante reconoció que está detenido preventivamente por el delito de robo agravado, cuya pena es de diez años, habiendo sobre pasado su privación de libertad; 2) El accionante señaló que de acuerdo a las certificaciones que presentó, no se sabe en qué juzgado radica su proceso, solamente señaló que su detención preventiva data del 30 de agosto de 2000 dispuesto por el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal; 3) La Jueza demandada, señaló que el accionante no realizó el seguimiento para la reposición de obrados y que la misma de oficio no podía hacerlo; en esa virtud, advirtió negligencia de la parte accionante, debido a que faltan certificaciones de varios Juzgados con relación a su proceso; 4) Los Jueces de Ejecución Penal, cautelares y liquidadores, no expresaron donde se encontraría el expediente, por lo que considera que no se ha vulnerado ningún derecho ni garantía constitucional, menos se mencionó cuáles serían los mismos, solamente señaló el accionante que se encuentra detenido, pero no indica de qué forma; y, 5) La autoridad demandada carece de legitimación pasiva conforme expresó en su informe, toda vez que no se encuentra en su poder el expediente, por ello en caso de conceder la tutela, se estaría abriendo un proceso contra dicha autoridad que no tiene el expediente en su poder.