Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2015-S3
Fecha: 30-Ene-2015
II.1.
II.1. Cursa memorial presentado el 14 de agosto de 2013, ante el Fiscal de Materia de Inquisivi del departamento de La Paz, por el Servicio Legal Integral Municipal de Cajuata y Ahilin Caren Apaza Torres -ahora accionante-, mediante el cual denunció a Lola Chávez Valencia, Verónica Bustamante Chávez, Jhilda Bustamante Chávez, Silver Martínez, Celia Chávez Valencia “…Y OTROS QUE RESULTAREN CULPABLES…” (sic), por los delitos de robo agravado y violencia familiar económica (fs. 2 a 3 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- 1)
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación, desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria.
- i)
- CONFIRMAR