Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2015-S3
Fecha: 30-Ene-2015
II.1.
II.1. Cursa en antecedentes el requerimiento conclusivo de acusación formal de 5 de diciembre de 2013, por el cual el Fiscal de Materia, Cleto Ayaviri Guzmán, acusó formalmente a Giovani Andrade Ubano -hoy accionante-, Yorlin Adela y Ariel Salvatierra Ubano, Gabriel Nay Melena, Fernando Benegas Vaca, Laida Cecilia Heredia Méndez y Jesús Salvatierra Dury, por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (L1008), en el cual ofreció la prueba documental, pericial y testifical (fs. 9 a 14 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- Acuerdo Jurisdiccional 018/2014 de 25 de noviembre
- Acuerdo Administrativo TCP-AL-SP-065/2014 de 5 de diciembre
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR