VOTO ACLARATORIO A LA DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2015
Fecha: 16-Ene-2015
II.2. La descolonización como fin y función del Estado.
II.2. La descolonización como fin y función del Estado. El colonialismo es entendido como la “expropiación territorial y económica que hizo Europa de las colonias”[5], y la colonialidad como la estructura de dominación de una cultura sobre las otras, a partir de la creencia en la superioridad de la raza blanca, europea (discurso de la pureza de la sangre), por sobre lo indio, y del tutelaje, y la subalternización de todo lo indígena: sus conocimientos, sus costumbres, su derecho, etc. Bajo esa perspectiva, la descolonización consiste en atacar la matriz colonial del poder, las relaciones coloniales de poder que infravalorizan lo indio: su cultura, sus sistemas económicos, políticos, jurídicos, etc.
- I.
- II.1.
- II.2. La descolonización como fin y función del Estado.
- la reconstitución de sus territorios, sus estructuras, instituciones, formas de vida, saberes y conocimientos; pues, sólo cuando se consiga esta reconstitución se podrán efectivamente modificar las relaciones de poder en un plano de igualdad de fuerzas;
- constituir una sociedad justa y armoniosa
- La primera
- segunda
- constitutivo
- III.
- III.1
- Fragmento 11
- MAGISTRADO PRESIDENTE