VOTO ACLARATORIO A LA DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO ACLARATORIO A LA DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2015

Fecha: 16-Ene-2015

MAGISTRADO PRESIDENTE

[7] Para Galo Ramón Valarezo, la plurinacionalidad es un concepto ambiguo y de menor alcance que la Interculturalidad por tres razones: “(i) la Plurinacionalidad sólo reconoce la diversidad, pero no enfatiza la unidad en la diversidad; (ii) induce al Estado a tratar a los pueblos indígenas como minorías nacionales, y no transforma de manera activa a toda la estructura racista, excluyente, inequitativa y monocultural dominante, y (iii) la plurinacionalidad es parcialmente aplicable a zonas con territorios habitados por un solo pueblo, pero es inaplicable a territorios fluidos,  en donde conviven diversos pueblos y ciudadanos/as”. Galo Ramón Valarezo, “¿Plurinacionalidad o interculturalidad en la Constitución?”, en Plurinacionalidad, democracia en la diversidad. Ediciones Abya-Yala, Quito-Ecuador, 2009, p. 125 y ss.