Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0271/2015-RCA
Fecha: 07-Oct-2015
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
La accionante denuncia como lesionados, sus derechos al debido proceso en su elemento de falta de motivación, a la defensa, a la tutela judicial efectiva y a la “seguridad jurídica”, citando al efecto los arts. 13.I, 14.I, 15.I, 22, 23, 109.I, 115, 119, 178, 180 y 225 de la Constitución Política del Estado (CPE); 14.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- por no presentada
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
- II.2. Requisitos de admisibilidad previstos por el art. 33 del CPCo, para la presentación de acciones de amparo constitucional
- II.3. Análisis del caso concreto
- punto
- CONFIRMAR