AUTO CONSTITUCIONAL 0283/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0283/2015-RCA

Fecha: 20-Oct-2015

Fragmento 12

En ese marco, de la revisión de los antecedentes, se evidenció que las observaciones efectuadas por el Tribunal de garantías, no se acomodan a las causales de improcedencia previstas para esta acción tutelar, descritas en el Fundamento Jurídico II.3. del presente Auto Constitucional; debido a que, en primer lugar, no precisó qué mecanismo adecuado debería activar la parte accionante, para hacer valer sus pretensiones dentro de un proceso penal, previo a la interposición de esta acción de amparo constitucional, si se toma en cuenta que, conforme se expresó en el Fundamento Jurídico II.4. de este fallo, la resolución pronunciada por la o el Fiscal General del Estado Plurinacional de Bolivia dentro del recurso jerárquico, no admite recurso ulterior; en consecuencia, se tiene que, con la interposición de este recurso por parte del accionante, se agotó la vía administrativa, no existiendo ninguna instancia a la cual pueda acudir para la protección de sus derechos y garantías presuntamente vulnerados alegados en su demanda, quedando abierto el ámbito tutelar al no existir otro medio eficiente e idóneo de resguardo inmediato de los mismos.