Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0284/2015-RCA
Fecha: 20-Oct-2015
Fragmento 2
Por memorial presentado el 25 de agosto de 2015, cursante de fs. 30 a 37, la accionante refirió que, la noche del 6 de junio del año en curso, Anghelo Jairo Saravia Alberto y Lilian Rosa Hilda Calderón Mariaca, Fiscales de Materia; junto a funcionarios de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), del departamento de La Paz, rompiendo chapas y cerraduras con un combo, ingresaron a su oficina ubicada en el interior del Shopping Norte, piso ocho, ambiente 805.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedencia “in limine”
- I.
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- improcedencia
- si bien como sostiene existe en plena sustanciación un proceso penal del que no es parte, es a esa instancia que debe acudir demostrando tener interés legítimo, al encontrarse la investigación bajo control jurisdiccional
- CONFIRMAR