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    AUTO CONSTITUCIONAL 0360/2015-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0360/2015-CA

    Fecha: 02-Oct-2015

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    • Fragmento 1
    • I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
    • I.2. Respuesta a la acción
    • rechazar
    • En el caso de no promoverse la acción, la remisión al Tribunal Constitucional Plurinacional se realizará a efectos de su revisión por la Comisión de Admisión
    • Fragmento 6
    • II.3.  Marco constitucional y normativo
    • Cuando sea presentada de manera extemporánea en los casos que así corresponda
    • procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
    • la Jueza, Juez, Tribunal o Autoridad Administrativa que, de oficio o a instancia de una de las partes
    • que la disposición legal que se alega de inconstitucionalidad debe necesariamente ser aplicada a la resolución del caso concreto dentro del proceso judicial o administrativo
    • II.5. Análisis del caso concreto
    • antes de la ejecutoria de la Sentencia
    • la presente acción de control normativo, ingresa dentro los alcances de lo previsto en el art. 81.I del CPCo, al no haberse observado la oportunidad en su presentación, debido a que no existe ninguna instancia pendiente que dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la norma ahora impugnada, en el proceso incoado por la demandante

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