Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0379/2015-CA
Fecha: 13-Oct-2015
I.2. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante AC 0432/2014-CA-BIS de 1 de diciembre, cursante de fs. 220 a 223, dispuso que el Juez Tercero de Partido y de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, subsane la deficiencia formal observada y remita la resolución referente a la solicitud de declinatoria de competencia; observación que fue cumplida por parte de la citada autoridad jurisdiccional.
- I.1. Contenido de la demanda
- I.2. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- a)
- Competencias entre la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina, la Jurisdicción Ordinaria
- Si la autoridad requerida rechaza la solicitud
- II.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 7
- consiguientemente, al existir un rechazo expreso por parte de la autoridad requerida, se evidencia que se cumplió con el procedimiento referido precedentemente.
- 1º ADMITIR