Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2015-O
Fecha: 30-Oct-2015
II.2.
II.2. Por Auto de Vista 10/2013 de 4 de junio, de consulta de recusación, los vocales demandados en la acción de defensa, del cual emerge el fallo constitucional denunciado de incumplimiento, dispusieron declarar probada la recusación, evidenciando que en la audiencia de la misma fecha, en la que se consideró en revisión, participó el representante de COSETT Ltda (fs. 153 a 156).
- Mario Alberto Bass Werner Liebers
- I.1. Contenido de la queja por incumplimiento
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El carácter obligatorio y los efectos vinculantes de las sentencias constitucionales con calidad de cosa juzgada
- Conservación de los Actos,
- NO HA LUGAR