DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2017
Fecha: 17-Oct-2015
I.1. Cosmovisión y lengua
Según el Informe Técnico de Campo TCP/STyD/ 0007/2007, evacuado mediante la Secretaría Técnica y Descolonización, la Marka Salinas posee muchas deidades que son recordadas en una fecha determinada, consultado sobre lo referente a la cosmovisión de la comunidad Teresa Pérez (2017)[1] remarcó lo siguiente:
“Nosotros tenemos muchos lugares sagrados que se deben recordar y cumplir en todo el año, en especial por las autoridades del ayllu y la marka, tenemos que agradecer a la pachamama por la producción agrícola y ganadera, al pachamarani por proveer agua, a wilaqullu un delantero por guardar nuestro oro, plata y riqueza y muchos otros dioses; eso siempre tiene que cumplir las autoridades acompañado del phuqanchiri porque él sabe sobre eso y agradecen con q’uwa, jamq’uma, sik’imira, untu e inala ...”.
“Los aspectos rituales están a cargo de las autoridades originarias del ayllu y la marka, asimismo son dirigidos por un phuqaychiri, entre los más importantes tenemos: aruntaña, wilancha, layra mara, taypi mara, thaya katuña, transición de mando, anata sábado, ananuqa, cambio de destino y wilaqullu”.
De la revisión del documento como de la aseveración en síntesis podemos decir, la Marka Salinas de García cuenta con deidades que son recordadas en diferentes fechas durante el año, entre estas se puede mencionar a la pachamama, pachamarani, wilaqullu, al delantero y muchos otros dioses, esta actividad del aruntaña, wilancha, layra mara, taypi mara, thaya katuña, transición de mando, anata sábado, ananuqa, cambio de destino y wilaqullu, la efectuá la autoridad originaria guiada por el phuqaychiri que efectuó el agradecimiento de reciprocidad con q’uwa, jamq’uma, sik’imira, untu e inala; en consecuencia, la Marka Salinas como la comunidad de Wiruxsa (Viroxa) a pesar de la presencia de la religión católica y cristiana mantienen su creencia ancestral de reciprocidad con sus deidades por la protección y convivencia buena de la comunidad y la familia, por defender de la helada, proveer de buena producción agropecuaria y agua, por pronosticar el tiempo y proteger sus riquezas.
En la comunidad de Wiruxsa (Viroxa) como en la Marka Salinas su medio de comunicación es el idioma aymara como lengua materna y el castellano como segunda lengua impuesta; sin embargo, la población en general maneja ambos idiomas como lenguas oficiales; al respecto Rolando Cáceres (2017)[2] remarco lo siguiente: “Nosotros aquí hablamos desde pequeños el aymara y en la escuela aprendimos el castellano, pero todos los contribuyentes y comunarios de Salinas manejamos las dos lenguas en su mayoría...”; sobre el mismo tema, el Instituto Nacional de Estadística (INE).
De acuerdo a la observación de campo, revisión de datos estadísticos del INE y aseveración de los mismos comunarios, se puede deducir lo siguiente, el 60 % de la población del municipio de Salinas maneja como medio de comunicación a la lengua castellana a pesar de ser un idioma impuesto por la educación colonial como una segunda lengua adquirida; y en segundo lugar utilizan como el pilar fundamental de la existencia de su forma de vida al idioma aymara con el 28,5 %; y finalmente, la lengua quechua con el 3 % que no es significativo; estos datos estadísticos afirman la aseveración de los comunarios como la observación de campo; en ese contexto, la Marka Salinas como la comunidad de Wiruxsa (Viroxa) posee como idiomas oficiales para comunicarse al castellano y aymara.
- I.1. Cosmovisión y lengua
- I.2. Territorio y estructura de autoridades
- I.3. Tenencia de la tierra y gestión de conflictos de tierra en la Marka Salinas.
- a)
- II.2.
- límites de los terrenos de los contribuyentes que deben ser respetadas por todos sus colindantes
- II.3. Naturaleza y contenido de la consulta
- Identificada la norma objeto de la consulta aplicable a un caso concreto, habrá que plantearse si se trata de una cuestión de carácter jurisdiccional
- alcanza o abarca sólo a la norma oral o escrita objeto de consulta por la autoridad indígena originaria campesina
- cuando menos contendrá”
- vida en plenitud’
- III.2. El principio del qhapaq ñan (camino o vida noble)
- III.3. Derecho a la gestión territorial indígena autónoma
- legítimamente adquiridos
- La esencia del territorio como derecho fundamental de los pueblos indígenas, no solamente consiste en reconocimiento del acceso a un espacio territorial físico, sino, fundamentalmente este derecho está vinculado a la facultad que tienen los pueblos indígenas para administrar el territorio, en base a su propia institucionalidad, de ello se desprende la competencia que poseen mediante sus propias autoridades la potestad de distribución y redistribución del territorio, basados en los principios de equidad social, sustentabilidad, complementariedad, equilibrio y bienestar común, establecidos en el art. 8.II de la CPE
- derecho a reforzar y conservar sus propias instituciones
- “…la plurinacionalidad descolonizante reconoce a los pueblos indígena originarios campesinos, como naciones con capacidad para definir sus destinos en el marco de la unidad (art. 2 de la CPE), que se interrelacionan en un mismo territorio y se garantiza el fortalecimiento de esas identidades plurinacionales. La plurinacionalidad como nuevo enfoque de la diversidad, reconoce el derecho a la libre determinación de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, su cultura, sus instituciones, sus saberes y conocimientos como factores de cambio dentro del proceso de descolonización y construcción de la plurinacionalidad”
- IV.
- En la Marka Salinas el respeto y control de los territorios ancestrales de los cuatro ayllus en sus espacios del araxa pacha, aka pacha y manqha pacha, están normados por sus principios y valores de la Marka y el mismo es ejercido por sus autoridades; por lo que cualquier problema de fondo como en este caso la expansión de tierras fuera de sus límites cometido por Virgilio Niana Quispe, afecta a otros miembros de la comunidad de Viroxa, causando un desequilibrio y desarmonía y que las decisiones adoptadas en consenso en un Consejo de autoridades de la Marka Salinas para solucionar este conflicto, no pueden ser desconocidos ni revocadas de manera aislada y unilateral por una sola autoridad sin el consentimiento de los demás firmantes ni conocimiento de la comunidad
- MAGISTRADO