Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0938/2015-S3
Fecha: 06-Oct-2015
II.1.
II.1. Contrato de trabajo a plazo fijo suscrito el 3 de febrero de 2014, entre ENTEL S.A., y Mónica Mamani Zambrana -ahora accionante-, con el objeto de prestación de servicios, computable a partir del 3 de febrero hasta el 31 de marzo de 2014, en el cargo de Profesional de Desarrollo Rural Social, bajo dependencia de la Gerencia Regional Beni (fs. 2 a 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Inamovilidad laboral de la mujer en estado de gestación con contratos a plazo fijo.
- mujeres trabajadoras embarazadas
- Si el contrato a plazo fijo se renovó una sola vez, es decir que existirían dos contrataciones a plazo fijo sucesivas, tampoco corresponde la aplicación de lo dispuesto por la Ley 975, por cuanto no se ha operado la conversión del contrato en uno por tiempo indefinido,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR