SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0945/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0945/2015-S1

Fecha: 13-Oct-2015

1)

Celina Herbas Herbas, Mario Murillo Mérida y Ronald Colque Rubín de Celis, Jueces Técnicos del Tribunal Tercero de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, presentaron informe escrito cursante de fs. 29 a 30, señalando que: 1) El proceso penal, en etapa de preparación de juicio oral, se sustenta en la acusación fiscal del Ministerio Público por el delito de lesiones previsto y sancionado en el art. 271 del CP, y en la acusación particular de José Luis Condori Choque, por el delito contenido en el art. 271 del CP, modificado por la Ley 054, sobre un hecho acontecido el 23 de septiembre de 2012; 2) La adecuación del hecho al tipo penal referido, la sitúa fuera de los alcances del art. 232 del CPP, en consecuencia, una vez verificado el incumplimiento de las medidas sustitutivas a la detención preventiva, y la concurrencia de los presupuestos contenidos en el art. 233.1 y 2 del CPP; y, 3) El Auto de revocatoria de las medidas sustitutivas a la detención preventiva, es apelable conforme se hizo conocer en audiencia, y no se puede usar la acción de libertad de manera supletoria.