SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0949/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0949/2015-S1

Fecha: 13-Oct-2015

III.4.Análisis del caso concreto

En la presente acción de libertad, el accionante denunció que el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, señaló audiencia de medidas cautelares, actuado con el cual nunca fue notificado, menos con la imputación formal, dejándolo en absoluta indefensión, vulnerando sus derechos al debido proceso, en sus vertientes de legalidad, igualdad, contradicción, juez imparcial, a la defensa amplia e irrestricta relacionada con su libertad de locomoción.

En el caso concreto, se establece que el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal el 14 de abril de 2015, instaló la audiencia de medidas cautelares y como se tiene descrito en la Conclusión II.2 del presente fallo, el mencionado Juez, suspendió la audiencia por no estar corriente el cuaderno de control jurisdiccional, al no haberse notificado al accionante con el señalamiento de audiencia e imputación formal, de lo que se colige que la autoridad demandada actuó conforme al procedimiento que rige la materia penal, en resguardo de los derechos y garantías constitucionales, advirtiéndose que no existió las vulneraciones alegadas por el accionante, por lo que corresponde denegar la tutela solicitada.