Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0957/2015-S2
Fecha: 06-Oct-2015
I.2.3. Informe de las autoridades demandadas
Zenón Rodríguez Zeballos, Mirael Salguero Palma y Victoriano Morón Cuéllar, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, pese a su legal notificación cursante de fs. 126 a 128, no presentaron informe escrito ni asistieron a la audiencia de acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Alcances y fines de la prescripción de la acción penal
- III.3. Contexto legal
- III.4. El derecho al debido proceso
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo