SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0959/2015-S3
Fecha: 07-Oct-2015
a)
Solicita se conceda la tutela; y en consecuencia, se ordene lo siguiente: a) La inmediata providencia a todos los puntos de los petitorios de los diferentes memoriales que presentó; b) El señalamiento de audiencia de procedimiento abreviado; y, c) En caso que la Jueza demandada hubiese perdido la competencia, se cumpla con la remisión del cuaderno procesal ante el respectivo Tribunal de Sentencia, adjuntando el acuerdo del procedimiento abreviado que se encuentra en su despacho.
El accionante a través de su representante, señala que dentro del proceso penal seguido en su contra solicitó fecha y hora para consideración de audiencia de procedimiento abreviado, ante la Jueza Segunda de Instrucción, Mixta y cautelar del Plan Tres Mil del departamento de Santa Cruz, y a pesar que transcurrió más de un mes, la nombrada no dio respuesta alguna; aspecto por el que considera lesionados sus derechos a la petición, a la tutela judicial efectiva, y el debido proceso, en razón a que: a) La providencia y señalamiento de audiencia del procedimiento abreviado no se despachó dentro de las veinticuatro horas, retardando indebidamente la solución o respuesta a su solicitud; y, b) No se le proporcionó copias de la remisión del cuaderno procesal al “Tribunal de Sentencia”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- denegó
- III.1. El debido proceso vía acción de libertad
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 10
- CONFIRMAR