Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0959/2015-S3
Fecha: 07-Oct-2015
I.2.1. Ratificación de la acción
El accionante a través de su abogado, en audiencia, ratificó in extenso el contenido de su memorial de acción de libertad, manifestando que transcurrieron veintidós días, para que la Jueza demandada remita el acuerdo del procedimiento abreviado, y de esa manera, dilató el proceso penal que motiva la presente acción de defensa; por lo que, pidió se conceda la tutela solicitada, ante el incumplimiento de los plazos establecidos por ley.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- denegó
- III.1. El debido proceso vía acción de libertad
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 10
- CONFIRMAR