SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0961/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0961/2015-S3

Fecha: 07-Oct-2015

III.3.1.

  III.3.1. Con relación a la primera problemática de las actuaciones jurisdiccionales que disponen el cumplimiento del traslado de la accionante -decretos de 26 de noviembre de 2013 y 30 de enero de 2015- ordenado por Auto de 11 de mayo de 2011; de la revisión de antecedentes, se tiene que la accionante interpone la presente acción tutelar el 19 de marzo de 2015; sin embargo, cursa en obrados copia de la Resolución de 25 de febrero del mismo año, pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro de la acción de libertad interpuesta por la accionante en contra de los hoy demandados; por la cual, se deniega la tutela solicitada (Conclusión II.1.).

  En este mismo sentido, en el sistema de gestión procesal del Tribunal Constitucional Plurinacional, se encuentra el registro de la primera acción de libertad presentada, signada con número de expediente 10273-2015-21-AL, interpuesta por la ahora accionante contra las autoridades hoy demandadas (Conclusión II.2.).

  Bajo estos antecedentes fácticos, se evidencia que la accionante de manera reiterada, activó el procedimiento constitucional, con identidad parcial respecto a las partes, objeto y causa; toda vez que, realizando una contrastación con la acción de libertad interpuesta con anterioridad -expediente 10273-2015-21-AL-, se puede advertir que: